La importancia de fundamentos y preceptos del Karate en el día a día de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad españolas

Con este artículo, el autor quiere mostrar que los preceptos del Karate que se analizan a continuación, son perfectamente identificados en las características exigibles y que un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad debe de demostrar en el día a día.

El efecto producido en el mismo, garantiza su seguridad y la de terceras personas, todo ello con la adecuación que los significados y sentido que los preceptos del Karate enfoca a un arte marcial, transformándolos a las normas legislativas que le son de obligado cumplimiento y aplicación a un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Algunos principios y pilares fundamentales en los que el Karate basa su camino de vida (Do) y como arte marcial (Jitsu), están presentes y estrechamente conectados con la actuación y comportamiento de un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuando se tiene que enfrentar a situaciones de extraordinaria complejidad donde las acciones a las que se enfrentan en décimas de segundo, tiene que hacer uso proporcionado de la fuerza para ejercer las funciones que le son encomendadas sin infringir las multitudes de normativas jurídicas que le son de aplicación y que analizarán su actuación.

Dentro de los principios y pilares a desarrollar, el autor del presente trabajo se centrará en los siguientes fundamentos:

– 1º SOHÖ – 2º METSUKE CHAKUGAN – 3º FUDO SHIN – 4º NI SENTI NASHI IKKEN HISSATSU

1º SOHÖ (Etiqueta)
La etiqueta (Sohö), tanto en Karate como en otras artes marciales de origen oriental, muestra un aspecto fundamental a la hora de ofrecer respeto a su lugar de práctica (Dojo), a sus oponentes e igualmente mostrarse respeto así mismo. (por ejemplo el saludo marcial en el karateka y el saludo “militar” de cortesía que un miembro de las FFy CC de seguridad muestra al ciudadano como primer acto de interactuación)

El “Sohö” o etiqueta, el practicante de Karate no solo lo debe mostrar en la forma de vestir (Karate-gi) sino que representa su más fiel sentimiento y se muestra en los procedimientos del saludo marcial, su forma de expresarse y su postura, es decir, “Sohö” no es una sola forma o detalle, sino que es un conjunto de aspectos físicos y sensoriales que hacen que el practicante desprenda una aura de respeto hacia los que le rodean en su día a día, su práctica o su batalla.

Un ciudadano lo primero que observa en un agente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que se aproxima hacia él es su forma de vestir, su correcto porte, la forma en la que se dirige hacia él, la colocación de los instrumentos y/o material que tiene asignado, cualquier falta de corrección en esto, es enseguida percibido sin necesidad de ser un experto.

Un ciudadano mostrará más respeto y está más predispuesto a escuchar y cumplir las instrucciones de un agente perfectamente uniformado, con una forma de expresarse correcta, educada y con una gesticulación necesaria pero prudente, que ante la presencia de un agente que carece o no cuida todos los detalles mencionados. Por eso el Agente de la Autoridad tiene que mostrarse siempre pulcro en sus formas, vestimenta y su educación.

2º METSUKE y CHAKUGAN. ( La Mirada )
El concepto de la Mirada, es un aspecto fundamental en todo practicante de Karate e igualmente determinante para un Agente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Distinguiremos en dos tipos de conceptos:

  • METSUKE, “el uso de los ojos”. Este fundamento no significa solo lo que algunas publicaciones analizan de forma repetitiva y dándole una lectura mundana vamos a describir como el mirar al oponente con ojos de furia, o con ojos de “malo”. Metsuke es mucho más que ese concepto tan liviano. Metsuke es expresar con los ojos, es captar el entorno y el oponente, es alcanzar con una mirada determinante, concentrada, con firmeza y decisión, tanto las amenazas que el practicante de karate se ve enfrentado como a los oponentes que le retan. Este tipo de mirada acompaña en todos los momentos del enfrentamiento, previo (YOI NO KISIN METSUKE: forma de mirar en la concentración preliminar), durante (HYOSHI METSUKE: forma de mirar en el momento apropiado) y una vez finalizado la contienda (INYO METSUKE: forma de mirar según significado). Así como saber diferenciar que la concentración en el uso de los ojos, sea una actitud activa, pasiva, ataque o defensa. Siendo todo lo anterior un complemento determinante en las actitudes mostradas de Zen Shin, Chu Shin y Zan Shin.
  • CHAKUGAN, la dirección de la mirada, este concepto viene en el enfoque de la mirada y/o acción. Es la primera técnica que el practicante de Karate debe de dominar ante cualquier enfrentamiento, debe saber captar la amenaza dentro del ángulo de 180 grados de visión y dirigir su atención, la mirada así como su plano sagital hacia el oponente. Es evidente que no se puede defender aquella amenaza que no se ve o la que no se capta.

Como forma de unión entre los fundamentos 1º (Metsuke) y 2º (Chakugan), todo Agente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en toda actuación a la que se vea enfrentado, debe en primer lugar, haber realizado un examen visual de toda área de operaciones en la que se encuentre enfrentado e identificar visualmente a todas las personas y amenazas que se hallen en ella (Chakugan). Posteriormente deberá transmitir con su mirada a toda amenaza, que su sentimiento de determinación y su disposición de neutralización de todo ataque será ejercida con decisión y haciendo valer su carácter de autoridad a todas aquellas personas que se muestren ante él. (Metsuke)

3º FUDO SHIN
Corazón equilibrado, inmóvil e inalterable ante la actividad, ante la batalla. Preparado y dispuesto, tanto en estado de calma previo al combate, como durante y después de la confrontación.

Como menciona en su artículo el Maestro Juan Carlos Garrachón Merino (8º Dan Karate J.K.A), “La observación de los acontecimientos en la vida diaria, así como de nuestros sentimientos, pensamientos y acciones, antes (Zen Shin), durante (Chu Shin) y después (Zan Shin) potencian nuestros sentidos y nos dotan de una conciencia firme que puede llevarnos al Fudo Shin, es decir, a la mente autocontrolada”

El practicante de karate que, con la veteranía, sepa introducir en su karate los sentimientos y muestra de los tres conceptos nombrados en el párrafo anterior conseguirá en no pocas ocasiones, sin olvidar la puesta en práctica de su “Sohö” y “Metsuke”, ganar enfrentamientos antes si quiera de que ninguno de sus oponentes hayan iniciado movimiento o ataque alguno.

Analizaremos las distintas actitudes mencionadas:

  • 1º Zen Shin, se refiere a la actitud y vigilancia previa que el karateka tiene que mostrar ante el o los oponentes a los que previamente se han mostrado con intención de combatir.
    Un agente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, ante una situación inminente frente a un delincuente o ciudadano que muestre agresividad y donde el uso de la fuerza física sea inevitable, debe de mostrarse firme con un actitud y vigilancia fuerte, tanto en su forma de mostrarse (etiqueta-“soho”) como en su estado mental de preparación ante la inminente acción a la que se va a enfrentar, tomando igualmente con esta preparación la distancia correcta con el ciudadano al que tenga que reducir o detener. (Toi ma ai – Distancia Larga; Chi ma ai – Distancia Media: Chikay ma ai – Distancia corta)
  • 2º Chu Shin, actitud durante la acción, esta actitud del Budo, indica el control de nuestras emociones y nuestras pulsaciones durante la batalla, durante el combate. Un guerrero que es capaz de controlar su ritmo cardiaco durante la lucha, su mente es más ágil a la hora de tomar decisiones y con ello las probabilidades de dominar el combate y conseguir la victoria aumentan exponencialmente.
    El miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que consiga alcanzar el control de esta actitud durante sus actuaciones de intervención operativa frente a ciudadanos con los que tenga que intervenir, podrá realizar dichas
    acciones, no solo salvaguardando su integridad física con mayor garantía, sino que conseguirá en gran medida alcanzar el principio de proporcionalidad cuando se vea obligado de ejercer el uso de la fuerza, siendo realmente eficaz en la elección de las técnicas adecuadas para ocasionar las lesiones mínimas y absolutamente necesarias para lograr los objetivos que la legislación le obliga a respetar sin con ello rehuir de las obligaciones de enfrentamiento que debe realizar.
  • 3º Zan Shin, actitud final de la acción y disposición de alerta ante la posible continuidad de la batalla. El Zan Shin muestra, a su enemigo o a posibles oponentes que aún no han entrado en acción, que el artista marcial está preparado y activo para continuar con sus acciones si continuase el combate.
    Los agentes de la autoridad, una vez finalizado la intervención a la que se han visto obligados a utilizar la fuerza, deben mostrar un estado de alerta hasta que, una vez cerciorados que no existe peligro ni para él ni para terceros, su cuerpo y mente vuelva a la calma, asegurando posteriormente a aquellas personas a las que haya aplicado la fuerza o a las que esté protegiendo.

Todo estudiante de Karate, tanto tradicional como en el aspecto deportivo, así como los Agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, deben de entrenar y conseguir distinguir, a la vez que evolucionar los distintos tipos de actitud ante los conflictos o situaciones a los que tenga que enfrentarse.

Todo artista marcial o agente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que sea capaz de discernir y aplicar las distintas fases de actitud anteriormente mencionadas, controlar sus emociones y tener absoluto autocontrol en su pensamiento y acciones, podrá llegar conseguir sus objetivos, incluso sin tener que entrar en combate, batalla o enfrentamiento. Alcanzado lo descrito en este párrafo, propiciará que su actitud y predisposición cree en sus oponentes la incógnita y posibilidad de la derrota y, un oponente que comienza un enfrentamiento con la idea mental de la derrota, no solo se verá abocada a ella sino que propiciará que depongan sus pretensiones antes de iniciarlas, siendo el agente vencedor sin necesidad de aplicar ninguna fuerza física.

4º NI SENTI NASHI – IKKEN HISSATSU

  • 1º NI SENTI NASHI (No existe un primer ataque), concepto tradicional utilizado en Karate cuyo significado va enfocado al uso y concepto que al Karate Tradicional se le dio en su creación, la Defensa Personal. El Maestro y Fundador del Karate “moderno” Gichin Funakoshi, situó este precepto en segundo lugar de su “código” Niju Kun (veinte preceptos), solo por detrás de la cortesía. En este sentido, el autor de este trabajo considera que el karateka, en su acción, nunca realiza un primer ataque, debido a que el denominado como primer ataque en la contienda fue ya iniciado por su oponente. Su actitud siempre en primer lugar será la defensa del ataque recibido o percibido, que no va reñida ni en contraposición a que esa defensa sea a su vez una acción de ataque hacia el agresor, intentando siempre producir con esta reacción, lo que a continuación se detalla y es el concepto de Ikken Hissatsu.
  • 2º IKKEN HISSATSU (Aniquilación en una sola acción /técnica) La esencia del término se afianza en la tradición Samurai. Ichi Gekki Hissatsu era el término empleado por los Samurai para explicar que cada ataque con su espada debería ser definitivo, cada acción de ataque debía significar una muerte. Esta idea, evolucionada a los tiempos modernos, también se manifiesta en Karate, donde los practicantes del arte se entrenan para que sus técnicas sea una forma de expresarse igual a la de Ikken Hissatsu refiriéndose al golpe definitivo.

El Agente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en su función profesional, representa a la Administración en las obligaciones que ésta le tiene encomendadas, entre las que se encuentran las de garantizar la Seguridad Ciudadana, la defensa de los derechos y libertades públicas de los ciudadanos, así como cumplir y hacer cumplir las leyes. Cuando un Agente de la Autoridad, es violentado, faltado el respeto o atacado, quien recibe esa acción es la Administración en sí y no la persona física que se encuentra bajo el uniforme o indumentaria que vista. Por lo cual el agresor, no agrede a la persona física del agente de la autoridad, sino que realiza una acción contra lo que representa en su función profesional, a la Administración y de forma intrínseca a la acción del interés general de los ciudadanos.

Esa acción antijurídica de ataque hacia el agente de la autoridad, consistente tanto en una ACCIÓN como en una NO ACCIÓN por parte de la persona que la lleva a efecto. Este comportamiento del sujeto contra el agente de la autoridad, significa en sí un PRIMER ataque hacia la Administración y al interés general de la ciudadanía y pone en peligro con ello la integridad física del agente y las garantías jurídicas de la Administración en sí. Ante este primer ataque, el agente de la autoridad debe saber utilizar las herramientas que la administración le ofrece con la debida proporcionalidad utilizando para ello el mismo precepto “NI SENTI NASHI”, sabiendo defenderse de este ataque mediante una acción defensiva o de ataque preventivo (Arco Gradual del Uso de la Fuerza), para poder poner fin a la acción o no acción de la persona que ha protagonizado con su conducta ilícita o antijurídica, ese PRIMER ataque.

Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, no deben entablar “combates o luchas” contra aquellas personas que les arremetan físicamente o atenten contra ellos. El Agente debe estar preparado y entrenado y la Administración proporcionarle esa preparación y formación, con la cual el agente sea capaz de llevar acabo el uso de la fuerza en caso de que se vea obligado con ello, utilizando una única acción con la que sea capaz de conseguir reducir a la persona agresora, detener a la misma y en último término, neutralizar la situación a la que se enfrenta para frenar con ello la situación ilícita que está llevando a cabo. Este concepto de actuación
demuestra que, las intervenciones llevadas a cabo por el agente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, contiene la misma naturaleza que el significado del precepto IKKEN HISSATSU, adaptándolo como a las normas legislativas y la proporcionalidad que el agente de la autoridad está obligado a cumplir.

Como fin a este trabajo de análisis, un agente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, estudiante de Karate y que dentro de sus estudios como artista marcial haya conseguido comprender e interiorizar los fundamentos y preceptos mencionados en este trabajo, entrenarlos con constancia, determinación y convencimiento, se verá recompensado con una seguridad interior a la hora de llevar a cabo las funciones profesionales que le han sido encomendadas por la Administración y por los ciudadanos, siendo capaz de unir en su actuación profesional, el arte marcial y el servicio a la Administración, convirtiendo así su persona en un perfecto Karateka, un modelo como Agente de la Autoridad, un Servidor, un Samurai.

Juan Carlos Amado Fernández
(Cinturón Negro 4º Dan Karate)
(Instructor en Intervención Operativa por el Ministerio del Interior del Gobierno de España)
(Instructor en Defensa Personal Policial por el Ministerio del Interior del Gobierno de España)

Juan Carlos Amado Fernandez

Author: Juan Carlos Amado Fernandez

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